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Documento BOE-B-2016-9024

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 12 de marzo de 2016, páginas 11252 a 11253 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-9024

TEXTO

D./Dña. Cristina M.ª Valero Domenech, Letrado/a de Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 461/2012 habiéndose dictado en fecha 20/01/2016 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Se decreta la conclusión del concurso concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 461/2012, promovido por el Procurador Sr/a. Vilas Loredo Estrella Caridad, en nombre y representación de la mercantil Intertex Generos de Punto, Sociedad Limitada, y el archivo de las presentes actuaciones sin mas trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D/D.ª Gerardo Castellblanch Andrés, con DNI n.º 22.693.632, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Intertex Generos de Punto, Sociedad Limitada, con CIF B96741392, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registro Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente no cabe recurso alguno (art. 177 de la Ley Concursal) y tiene carácter de firme.

Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 26/10/15.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 24 y 24 LC, expidiéndose los oportunos edictos par su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y así mismo en el tablón de anuncios del Juzgado y mandamiento s que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada Vilas Loredo, Estrella Caridad a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la sección 2.ª del Concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndose saber que contra la presente resolución no cabe recurso aluno (art. 177.1 LC).

Valencia, 20 de enero de 2016.- El Letrado de Administración de Justicia.

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