José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra,
Hace saber: Que en el procedimiento de referencia, concurso voluntario abreviado número 660/2008-C- se ha dictado en fecha 18 de febrero de 2016, Auto, ya firme, de conclusión del concurso por cumplimiento del convenio; resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
1.- Se decreta la conclusión, por cumplimiento del convenio, del presente concurso de acreedores de MARTA BEATRIZ CACHAFEIRO FRAIZ, con DNI 36118085N, y D. JOSÉ MANUEL LÓPEZ PÉREZ, con DNI 34983407Q, y domicilio en C/ Barcelona, nº 61, 5º N (Vigo), con los efectos legales inherentes.
2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran subsistir.
3.- Se acuerda la cancelación de la declaración de concurso y demás inscripciones derivadas del mismo en el Registro Civil correspondiente, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
4.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.
5.- Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC).
Y para que conste, expido el presente.
Pontevedra, 1 de marzo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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