Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y Provincia,
Hago saber:
Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 1016/2016 en el que se ha dictado con fecha 20 de enero de 2017 Auto declarando en estado de concurso a la entidad Taps JM, S.L.U. con CIF B66075961 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
NIG del procedimiento: 08019-47-1-2016-8008901.
Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada: Taps JM, S.L.U. con domicilio en c/ Tormes, n.º 3, Terrassa (Barcelona).
Administrador concursal: Don José Antonio Regalado Morillas, con domicilio en calle Sant Miquel, 36, 2.º 08911 Badalona (Barcelona) Tel. 93 464 17 91 y Fax 93 464 64 17 con correo electrónico comunicaciones@grupobetulo.com.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los Autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 20 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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