Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admón Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000229/2012 habiéndose dictado en fecha 2 de febrero de 2017 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del juzgado de lo Mercantil n.° 3 de Valencia auto firme de conclusión; de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
Parte dispositiva:
Se decreta la conclusión del concurso abreviado tramitado en este juzgado bajo el número de procedimiento 229/2012, promovido por el Procurador Sr/a Castello Merino, Miguel Javier, en nombre y representación de la mercantil MEDITERRANEAN DOOR, S.A., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.
Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación
Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. VICENTE ROLDAN MARTÍNEZ, con NIF n.° 44387015-M, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
Se acuerda declarar la extinción de la mercantil MEDITERRANEAN DOOR, S.A., con CIF A-96299516, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los
Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia va que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.
Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 19 de diciembre de 2016.
Dése a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009), y asimismo en
el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada CASTELLO MERINO, MIGUEL JAVIER a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.
Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del Concurso.
Notifíquese la presente resolución ala administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo/a. Sr./a D/Dña Monserrat Molina Pla Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.
Valencia, 2 de febrero de 2017.- La Letrado/a Admón Justicia.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid