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Documento BOE-B-2017-13137

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 2 de marzo de 2017, páginas 15501 a 15501 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-13137

TEXTO

Edicto

D./Dña. EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal 0000403/2016, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. MARGARITA DEL ROSARIO MARTÍN RODRÍGUEZ, en nombre y representación de D./Dña. JOSÉ LUIS SÁNCHEZ CABRERA, se ha dictado Auto el día 9 de febrero de 2017, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de D./Dña. JOSÉ LUIS SÁNCHEZ CABRERA, con DNI n.º 43646566H, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administrador del concurso a: D./Dña. Carlos Mauricio Bravo de Laguna Navarro, como abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de c/ Viera y Clavijo, n.º 5-4.º -35002- Las Palmas de Gran Canaria, teléfono 928 3617 66 y fax 928 361923, así como Dirección electrónica: carlos@mbrabogados.es

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; Intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 21 de febrero de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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