El Director Técnico del Departamento 3.º y Secretario en el procedimiento de reintegro por alcance n.º C-44/17, en méritos a lo acordado en Providencia del Excmo. Sr. Consejero de Cuentas, de fecha 21 de febrero de 2017, y para dar cumplimiento a lo previsto en el art. 68 en relación con el 73.1, ambos de la Ley 7/1988, de 5 de abril, reguladora del Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
HACE SABER: Que en este Tribunal se sigue procedimiento de reintegro por alcance n.º C-44/17, del ramo: SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO (Inf. Fiscalizac. Comarcas de Aragón, ejercicio 2011, Comarca Jiloca), ARAGÓN, como consecuencia de un presunto alcance en los fondos de la Comarca de Jiloca debido a la falta de justificación de la subvención concedida por la citada Comarca a la Institución Ferial de Calamocha para las ferias organizadas por la IFC.
Lo que se hace público con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos, personándose en forma dentro del plazo de los nueve días siguientes a la publicación de este edicto.
Madrid, 22 de febrero de 2017.- El Director Técnico, Secretario del procedimiento.
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