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Documento BOE-B-2017-15379

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 2017, páginas 18158 a 18158 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-15379

TEXTO

Letrado de la Admón. de Justicia D. José Vela Pérez del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 1026/2016-F, se ha declarado,mediante auto de fecha 7 de febrero de 2017, el concurso voluntario de Sonalar, con NIF A58094533 y domicilio en Barcelona, calle Murcia, 31, bajos, en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D. Pascual Vidal Fernández por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Barcelona, calle Montaner, 479-483, 3.º, 6.ª, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal pvidal@intervencionlegal.com en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar, en su caso, la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Barcelona, 13 de febrero de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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