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Documento BOE-B-2017-17178

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 18 de marzo de 2017, páginas 20263 a 20264 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-17178

TEXTO

Edicto.

Doña María Dolores Sánchez Franco, Letrada del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid se siguen autos de procedimiento Pz Incidente concursal oposición a la rendicion de cuentas del concurso 831 /2015-Concurso de Origen 810 /2010, en cuyos autos se ha dictado Sentencia de fecha 9.6.2016 cuyo fallo es del tenor literal siguiente

DESESTIMO la demanda interpuesta por el Procurador Don Fernando Pérez Cruz, actuando en nombre y representación de FLORAZAR, S.A., NEREIDA MEDITERRÁNEA, S.L. Y HOTEL VILLAGADEA ALTEA, S.L., oponiéndose a la rendición de cuentas presentada por la administración concursal de TIEMPO LIBRE, S.A.U.: DEBO DECLARAR Y DECLARO rechazada la oposición formulada a la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, y en consecuencia APRUEBO LA RENDICIÓN DE CUENTAS PRESENTADA POR LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE TIEMPO LIBRE, S.A.U. y asimismo ACUERDO LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO DE ACREEDORES DE TIEMPO LIBRE, S.A.U., que se tramita bajo el Número de procedimiento 308/2010.

De igual forma cesan todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, quedando la deudora responsable del pago de los créditos restantes y pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes o derechos.

ACUERDO LA EXTINCIÓN DE TIEMPO LIBRE, S.A.U., Y DISPONGO la cancelación de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto EXPÍDASE MANDAMIENTO, conteniendo testimonio de la resolución firme.

Debo acordar y acuerdo el cese en su cargo de la Administración Concursal en su día nombrada.

Notifíquese este Auto según lo dispuesto a las partes personadas, previniese de que contra él mismo cabe recurso DE APELACIÓN (respecto de la oposición a la rendición de cuentas formulada), de acuerdo a lo dispuesto en el art. 177. L.C.

Firme que sea la presente hágase pública el presente archivo mediante edictos que se insertarán en el tablón de anuncios de este Juzgado. Igualmente, y en dicho término, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamientos al Registro Mercantil para la práctica de los asientos conducentes a la constancia registral de esta resolución.

Se tiene aprobada la rendición de cuentas presentada por el Administrador Concursal.

Notifíquese a las partes y hágales saber que contra la misma cabe recurso de apelación.

Dése cumplimiento al art. 177.3 LC; La resolución firme que acuerde la conclusión del concurso se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24.

Así lo declaro, mando y firmo en el día de la fecha.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de APELACIÓN en el plazo de VEINTE DIAS, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 4672-0000-03-0831-15 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 4672-0000-03-0831-15

Así mismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012 de 20 de noviembre por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva expido y firmo la presente en Madrid, a tres de marzo de dos mil diecisiete

Madrid, 3 de marzo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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