Edicto.
Juzgado de Primera Instancia número 18 de Madrid.
Juicio: Concurso consecutivo 144/2017 (Concurso Abreviado)
En virtud de lo acordado en los autos de referencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (LC),
Hace saber:
Primero.- Que en el Concurso Consecutivo 144/2017 por auto de fecha 9 de marzo de 2017 se ha declarado en concurso voluntario consecutivo a Juan Carlos Herrera Casasola, con número de DNI 32.442.117-L domiciliado en calle Ramón de la Cruz, 12, 4.° B, 28001 Madrid.
Segundo.- Se hace llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, conforme al artículo 85 LEC.
Tercero.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal.
Cuarto.- La identidad del Administrador concursal es don Vicente Domínguez Casas, con despacho profesional en avenida Atenas, 9, local, oficina 1, 28922 Alcorcón (Madrid), y correo electrónico: vicente@dominguezcasas.es para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LEC, en cualquiera de las dos direcciones.
Quinto.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador (art. 184 Ley Concursal).
Sexto.- La personación de interesados conjunta con la comunicación del crédito al Juzgado sólo producirá efecto respecto a la personación, pero ninguno respecto de la comunicación.
Séptimo.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es
Y para su publicación en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, expido y firmo la presente.
Madrid, 9 de marzo de 2017.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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