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Documento BOE-B-2017-19432

MOLINA DE SEGURA

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 28 de marzo de 2017, páginas 22952 a 22952 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2017-19432

TEXTO

Edicto.

D.ª Purificación Pastor González, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado Primera Inst. e Instrucción n.º 6 de Molina de Segura,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en Seccion I Declaracion Concurso 551/2016 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 25/01/2017 Auto de Declaración de Concurso Voluntario de Manuel Alejandro Díaz García, con DNI 46.909.114Q, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Angel Lajarín, n.º 20, bajo, Molina de Segura.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición del deudor.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º La identidad de la Administración concursal es la siguiente: ACTIO INSOLVENTIAE, S.L.P., con CIF B73820979 (representada por Manuel Guzman Salinas).

La dirección postal de la Administración concursal es la siguiente: c/ Merced, n.º 5, 2.º E, 30001 Murcia. Teléfono 968907842.

La dirección electrónica de la Administración concursal es la siguiente: concursal@afycauditores.es.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

Molina de Segura, 28 de febrero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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