Doña Elena Victoria Buil Torralba, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, hago saber:
Primero.- Que en el procedimiento concursal abreviado número 312/2014-A se ha dictado en fecha 17-03-2017 el auto de conclusión por insuficiencia de masa activa del concurso del deudor Bacalaos Pleamar S.L., C.I.F. B50534452.
Segundo.- En dicho auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
Tercero.- Contra el auto de conclusión no cabe recurso.
Zaragoza, 20 de marzo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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