BDNS(Identif.):339676
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Comunidades autónomas y organismos y entidades con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de ellas, así como universidades públicas españolas.
Entidades locales españolas y organismos y entidades con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de ellas.
Entidades privadas sin fines de lucro de nacionalidad española y reales academias.
Segundo. Objeto y finalidad:
Ayudas a proyectos de digitalización de bienes que formen parte del Patrimonio Bibliográfico, conforme a lo establecido en el artículo 50.1 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, o que gocen de un especial interés bibliográfico. Estos bienes han de estar en el dominio público o, en su caso, las entidades solicitantes de las ayudas han de poseer los derechos de explotación necesarios sobre los mismos, de acuerdo con el Real Decreto 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.
La finalidad perseguida es la creación de recursos digitales mediante la digitalización, así como la asignación de datos y metadatos que codifiquen sus descripciones y permitan su carga en un repositorio OAI-PMH, y su posterior agregación en el recolector «Hispana» del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y en «Europeana».
Tercero. Bases reguladoras:
Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.
Cuarto. Importe:
El importe máximo imputable a la subvención será de 439.000 €. Las ayudas concedidas se sufragarán con cargo a los créditos de las aplicaciones 18.13.332B.454.02 (CCAA y universidades públicas 284.000 €), 18.11.332B.463 (Entidades locales 75.000 €) y 18.11.332B.480 (Entidades privadas sin fines de lucro y reales academias 80.000 €) del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para 2017.
Cada entidad solicitante sólo podrá presentar una solicitud y la cuantía de la ayuda solicitada deberá ser inferior a 60.000 euros. El solicitante deberá aportar como financiación propia como mínimo el 15% del coste total del proyecto.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de marzo de 2017.- El Secretario de Estado de Cultura, P. D. (Orden ECD/1721/2016, de 26 de octubre), el Director General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural, Luis Lafuente Batanero.
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