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En relación con el procedimiento contencioso-administrativo para la garantía de la unidad de mercado n.º 2/2017 que se sigue ante la Audiencia Nacional, de conformidad con el artículo 127 ter de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, resuelvo:
Emplazar a los operadores económicos que tengan un interés directo en la anulación de los apartados 1 y 2 del artículo 7 y/o los apartados 1 y 2 del artículo 14.a y/o los apartados 7 y 8 del artículo 14.b y/o el inciso segundo del apartado 2 del artículo 23 de la Resolución de 18 de julio de 2016, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados/as incluidas en la programación 2016, cuyo extracto fue publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 144, de 27 de julio de 2016. Y el texto íntegro en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el número 312540.
Las Palmas de Gran Canaria, 9 de marzo de 2017.- El Director del Servicio Canario de Empleo.
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