Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 65/2017, con NIG 2906742M20170000140 por auto de 1 de marzo de 2017 se ha declarado en concurso voluntario al deudor CONCESIONARIA COSTA DEL SOL, S.A., con CIF A85183739, y domicilio en la Carretera Nacional 340 KM 229.5 portal 4 y 5 CP 29620 Torremolinos (Málaga). y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.
3.º Que la administración concursal la integra D. JAVIER TÉLLEZ MÁRQUEZ, Letrado con DNI 25102726-C, con domicilio en Málaga y dirección postal C/ Tomás Heredia, n.º 23, 2.º Izquierda, CP 29001, Tlf: 952 217 938, y con dirección de correo electrónico concursalccs@tvabogados.es que designa a los efectos de comunicación de créditos.
4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.
Málaga, 14 de marzo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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