Edicto
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada.
En el procedimiento concursal necesario número 1886/14 con NIG 1808742M20140002114 referente al deudor mercantil Manuel Jiménez Ortiz representado por la procuradora doña María Jesús Hermoso Segovia se ha dictado con fecha 07/12/16 la resolución con parte dispositiva del tenor literal siguiente:
Parte Dispositiva
Acuerdo La conclusión del Concurso Voluntario de acreedores de don Manuel Jimenez Ortiz con DNI 23.569.215 B y la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. De conformidad a ello:
Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Civil y en el Registro Público Concursal.
Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.
Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.
Requiérase a la administración concursal para que en el plazo de cinco días desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro Mercantil aporte al Juzgado su acreditación de administrador cesando en ese momento en sus funciones.
Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno (art. 177 LC).
Granada, 7 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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