El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Málaga, en su sesión de 30 de enero de 2017, acordó, en virtud de las facultades otorgadas por los artículos 30.5 a), n) y s), 139 y 141 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, la aprobación del Pliego de Condiciones Particulares para el ejercicio de la actividad comercial de reparación de buques en el Puerto de Málaga fuera de instalaciones otorgadas mediante concesiones o autorizaciones para la ocupación del dominio público portuario.
Lo que se comunica para general conocimiento.
Málaga, 27 de marzo de 2017.- El Presidente, Paulino Plata Cánovas.
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