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Documento BOE-B-2017-30755

TERUEL

Publicado en:
«BOE» núm. 120, de 20 de mayo de 2017, páginas 36898 a 36898 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2017-30755

TEXTO

Edicto

Don Alberto Obon Díaz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Teruel, por el presente, hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 115/2017 y NIG número 44216 41 1 2017 0000436, se ha dictado en fecha veintinueve de marzo de dos mil diecisiete auto de declaración de concurso voluntario del deudor Mudéjar Logística, S.A., con CIF número A44218378, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle San Francisco, número 31, 4.° de Teruel.

Segundo.- Se ha acordado la conservación de las facultades de Administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la Administración, mediante su autorización o conformidad. Se ha designado, como Administración concursal a Asesoramiento Concursal Integral, S.L.P., CIF B99328254, con domicilio postal en el Paseo Pamplona, número 9, 1° B de Zaragoza (Código Postal 50004) y dirección electrónica a.c.logisticamudejar@gmail.com señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Quinto.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: http://www.publicidadconcursal.es.

Teruel, 3 de abril de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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