EDICTO
Dña. Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante, por el presente
Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado nº 534/2015-MJ, sobre declaración de concurso de la mercantil Carretillas Almenar, S.L., con domicilio en Polígono Industrial Las Atalayas, C/ del Marzo, Inscrita al tomo 2709,folio 29, Hoja A-79703 y CIF número B-96630504 y presentado por la Administración Concursal el Informe preceptuado en el art. 74, L.C., y se ha dictado resolución de esa fecha, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
1.-Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.
2,-Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3,-Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expidanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4,- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.
5,- Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.
6,- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23,1 de esta Ley y se dará a la misma la publicación prevista en el artículo 24.
Modo de Impugnación: no cabe recurso alguno
Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado expido el presente en
Alicante, 19 de abril de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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