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Documento BOE-B-2017-33436

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana sobre acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno en relación con el uso del agua durante 2017 de los embalses de Peñarroya, Gasset, Vicario, Torre de Abraham, Puerto de Vallehermoso, la Cabezuela y Vega del Jabalón, en el sistema oriental de la cuenca.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 30 de mayo de 2017, páginas 40228 a 40230 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2017-33436

TEXTO

I. Motivación.

En cumplimiento de lo indicado en el Artículo 55 de la Ley de Aguas (Texto refundido aprobado por RDL 1/2001), en el artículo 90 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico (aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril), así como en la Normativa del Plan Hidrológico de la parte Española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (aprobada por Real Decreto 1/2016, de 8 de enero), se han venido sucediendo diferentes acciones encaminadas a fijar un régimen de explotación de los embalses establecidos en los ríos del Sistema Oriental de la cuenca del Guadiana, para adaptar la utilización de los aprovechamientos a los recursos existentes.

En la Comisión de Desembalse del 25 de octubre de 2016, comienzo del año hidrológico, se informó a los usuarios de la situación en que se encontraba el Sistema Oriental, advirtiendo de que la disponibilidad de recurso en ese momento no permitiría garantizar todos los usos de riego de ese año hidrológico si no se producían aportaciones importantes a lo largo del año. También en este acto se informó de la situación de los indicadores del Plan Especial de Sequías de la cuenca, aprobado por Orden MAM/698/2007, de 21 de marzo, con gráficos históricos de evolución de los distintos indicadores.

En enero de 2017, dado que la situación se seguía agravando, la Confederación Hidrográfica se reunió con los usuarios de riego de la zona oriental, para informar de la disponibilidad de recurso y de la previsible necesidad de hacer restricciones al suministro de riego en los embalses de Peñarroya, El Vicario, Torre de Abraham y Gasset, en cumplimiento de los artículos 55 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, artículo 90 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico y artículo 35 de la Normativa del Plan Hidrológico.

En la Comisión de Desembalse del 5 de abril de 2017, previa deliberación en Junta de Explotación Oriental de fecha 21 de marzo de 2017, confirmadas las previsiones más pesimistas de aportaciones, vista la situación de indicadores y los criterios de gestión del Plan Especial de Sequías de la cuenca, y conforme lo establecido en los artículos 55 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, artículo 90 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico y artículo 35 de la Normativa del Plan Hidrológico, se propusieron para atender a las necesidades de riego, el desembalse para riego de 12,6 hectómetros cúbicos para la zona regable de Peñarroya, 0,6 hectómetros cúbicos para la zona regable de Gasset, 5,5 hectómetros cúbicos para la zona regable del Vicario y 33 hectómetros cúbicos para la zona regable de la Torre de Abraham, que, respecto de la media de consumo de los últimos siete años, suponen, respectivamente, unas restricciones del 46%, 45%, 16% y 4%.

Se informó asimismo de la situación de los indicadores del Plan Especial de Sequías y se avisó de que con los volúmenes de desembalse autorizados, la situación a final de campaña en estos embalses sería de inexistencia de recurso para atender usos de cara al futuro, (salvo abastecimiento y cultivos permanentes).

A primeros de mayo de 2017, y conforme al Plan Especial de Sequías de la cuenca, se encuentran en situación de alerta los indicadores de volumen de embalse de Gasset, Torre de Abraham y Vicario. Por su parte, el de Peñarroya, que está en situación de prealerta, entraría en alerta antes de final de junio si el consumo en mayo y junio siguiera el patrón del año 2016. No obstante, la situación del indicador general de la cuenca es de normalidad.

II. Acuerdo

Por todo ello, y en uso de las facultades del artículo 90.4 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, la Junta de Gobierno en su reunión de 17 de mayo de 2017, acuerda:

Primero. Medidas generales.

1. Autorizar los desembalses precisos que aseguren las adecuadas condiciones medioambientales acordes con los objetivos fijados en el Plan Hidrológico.

2. Mantener los niveles mínimos en los embalses que aseguren las adecuadas condiciones de calidad de su agua.

3. Autorizar la realización de desembalses internos en los diversos sistemas, conforme a las necesidades.

4. Delegar en el Comité Permanente de la Comisión de Desembalse la gestión diaria de los embalses y/o desembalses que fuesen precisos, y autorizar al Comité Permanente para la realización de ajustes debidamente justificados en las cifras que se señalan en los presentes acuerdos, en el caso de que se acreditase variaciones en la disponibilidad de recursos.

Segundo. Medidas en la Zona Oriental.

A la vista de las disponibilidades hidráulicas actuales en el conjunto de embalses de la Zona Oriental y de acuerdo con lo previsto en el vigente Plan Hidrológico y en el Plan Especial de Sequías de la parte española de la cuenca del Guadiana, se fijan los siguientes volúmenes para abastecimiento a poblaciones y los usos de riego desde los indicados embalses afectos a la Confederación Hidrográfica del Guadiana:

1. Para atender a las necesidades de abastecimiento se autorizan desembalses de:

a) 4,5 hectómetros cúbicos desde la presa de Peñarroya,

b) 2 hectómetros cúbicos desde la presa del Puerto de Vallehermoso,

c) 5,5 hectómetros cúbicos desde la presa de Gasset,

d) 2 hectómetros cúbicos desde la presa de la Torre de Abraham,

e) 2 hectómetros cúbicos desde la presa de la Cabezuela y

f) 2 hectómetros cúbicos desde la presa de la Vega del Jabalón.

2. Para atender a las necesidades de riego se autorizan desembalses de:

a) 12,6 hectómetros cúbicos desde la presa de Peñarroya, para atender los riegos de la Zona Regable de Peñarroya,

b) 0,6 hectómetros cúbicos desde la presa de Gasset, para atender los riegos de la Zona Regable de Gasset,

c) 5,5 hectómetros cúbicos desde la presa del Vicario, para atender los riegos de la Zona Regable del Vicario, y

d) 33 hectómetros cúbicos desde la presa de la Torre de Abraham, para atender los riegos de la Zona Regable de la Torre de Abraham.

Tercero. Publicidad del acuerdo de la Junta de Gobierno.

Las medidas acordadas por la Junta de Gobierno serán objeto de la suficiente publicidad general, siendo objeto de publicación en la página web de la Confederación Hidrográfica del Guadiana (www.chguadiana.es que contendrá un enlace directo a ellas en su página inicial). Asimismo este acuerdo se publicará en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, facultándose a la Presidencia del Organismo para efectuar la inserción en el citado diario oficial.

Badajoz, 23 de mayo de 2017.- El Secretario General, José Manuel Rosón Jiménez.

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