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Documento BOE-B-2017-36387

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 12 de junio de 2017, páginas 43753 a 43753 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-36387

TEXTO

Don Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Adm.de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 Barcelona,

Hace saber: Que en los autos con NIG: 0801947120170002806 y n.º 261/17-G, se ha declarado el concurso voluntario de fecha 15/05/2017 de OFYME S.L., con C.I.F. n.º B-59701094, y con domicilio en calle Fontetes, 3-5, local 2 bis, Cerdanyola del Vallés (Barcelona), en el que se ha decretado intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento Abreviado.

El administrador concursal es D.Fernando Redondo García, con domicilio en la calle Carrer Tuset, 19, 1.º 3.ª, 08006-Barcelona, y con correo electrónico concursal@dricater.com

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en su caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 17 de mayo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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