Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 558/2017, por Auto dictado en fecha 31 de mayo de 2017, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Reset Motion, S.L., con CIF B78192093.
2.º Que la mercantil Reset Motion, S.L., conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio.
3.º Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176.bis L.Co.
4.º Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
5.º Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
6.º Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.
Madrid, 31 de mayo de 2017.- Letrado de la Admón. de Justicia.
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