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Documento BOE-B-2017-386

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 2, de 3 de enero de 2017, páginas 449 a 449 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-386

TEXTO

EDICTO DANDO PUBLICIDAD A LA DECLARACIÓN DEL CONCURSO

Don Francisco Velasco Garcia-Plata, Letrado de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto.

Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, Edificio C, 12.ª planta.

Número de Asunto.-Concurso Voluntario 838/2016 6.

Tipo de Concurso.-Voluntario.

Entidad instante del Concurso Y NIF.- JFM ASESORES EMPRESARIALES, S.L., B59798298.

Fecha del Auto de declaración.-2 de diciembre de 2016.

Administradores Concursales.-LUGAR ABOGADOS & ASOCIADOS, S.L.P. que designa a D. Luis Garcia Fernandez, con NIF 01374616-K, (abogado) con domicilio profesional en calle Hurtado, 24, 08022 Barcelona y número de teléfono 93 405 36 06, con dirección electrónica concursal@lugarabogados.com

Forma de Personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Régimen de Intervención las facultades de la Concursada.

Llamamiento a los Acreedores.-Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañara copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 14 de diciembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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