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Documento BOE-B-2017-39459

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 24 de junio de 2017, páginas 47579 a 47579 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-39459

TEXTO

Edicto

Dña. Cristina M.ª Valero Domenech, Letrado/a Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente Hago Saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 1023/2012 habiéndose dictado en fecha 12/06/2017 por el Ilmo/a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia, auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

1.- Se declara la Conclusión del Concurso Abreviado Voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número 1023/2012, promovido por el/la Procurador/a Sr/a Soler Gil, María Ángeles, en nombre y representación de la mercantil Castro Hermanos, S.L., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Emilio José Pérez Sánchez, con DNI N.º 20.151.594-Y, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4.- Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Castro Hermanos, S.L., con CIF B-46055448, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia, ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la L.C.) y tiene carácter firme.

5.- Se aprueba la cuenta rendida pro la administración concursal en su informe de fecha 21/04/2017.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC)

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma S.Sª. Doy fe.

Valencia, 12 de junio de 2017.- Letrado Administración de Justicia.

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