Edicto
Dña. Cristina M.ª Valero Domenech, Letrado/a Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente Hago Saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 1023/2012 habiéndose dictado en fecha 12/06/2017 por el Ilmo/a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia, auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
1.- Se declara la Conclusión del Concurso Abreviado Voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número 1023/2012, promovido por el/la Procurador/a Sr/a Soler Gil, María Ángeles, en nombre y representación de la mercantil Castro Hermanos, S.L., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.
2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Emilio José Pérez Sánchez, con DNI N.º 20.151.594-Y, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
4.- Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Castro Hermanos, S.L., con CIF B-46055448, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia, ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la L.C.) y tiene carácter firme.
5.- Se aprueba la cuenta rendida pro la administración concursal en su informe de fecha 21/04/2017.
Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC)
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma S.Sª. Doy fe.
Valencia, 12 de junio de 2017.- Letrado Administración de Justicia.
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