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Documento BOE-B-2017-41970

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 4 de julio de 2017, páginas 50612 a 50612 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-41970

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 225/2017, con NIG 2906742M20170000488 por auto de 26 de mayo de 2017 se dejó sin efecto el Auto de 26 de abril de 2017 y se declaró en concurso voluntario al deudor «ENERGIMIDT ESPAÑA, S.L.», con CIF n.º B93027969, con domicilio en urbanización Playamar II, 14 CP 29620, Torremolinos (Málaga) y cuyo centro principales intereses lo tiene en Málaga.

2.º Que se ha acordado abrir la fase de liquidación a petición del deudor, declarándose disuelta la sociedad «ENERGIMIDT ESPAÑA, S.L.», y cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

3.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

4.º Que la administración concursal la integra don Francisco José Pérez Corpas, Letrado con DNI n.º 74827159-V; que lo hace en nombre y representación de la sociedad «CIRCUM ABOGADOS ECONOMISTAS, S.L.» con CIF n.º B93513703 con domicilio en Málaga y dirección postal calle Toquero, n.º 2, 4.º-E, CP 29013, télefono 952 223 311, y con dirección de correo electrónico energimidtconcursal@anforacorporate.es que designa a los efectos de comunicación de créditos.

5.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado».

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

7.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 31 de mayo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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