BDNS(Identif.):353699
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Cabildos Insulares, diputaciones provinciales y comunidades autónomas uniprovinciales en cuyos términos radiquen los municipios y núcleos de población determinados en el Anexo I de la Resolución de 03 de julio de 2017 de la Secretaría de Estado para las Administraciones Territoriales por la que se convocan subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria de las entidades locales previstas en el artículo 4 del Real Decreto-ley 12/2015, de 30 de octubre
Segundo. Objeto:
Financiar hasta el 50 por ciento de la ejecución de obras de reparación o restitución de: infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios de titularidad municipal, comarcal y de las mancomunidades, incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de la red viaria de los cabildos insulares y diputaciones provinciales, así como de las comunidades autónomas uniprovinciales, siempre que sean consecuencia de los daños causados por los temporales de lluvia en la Comunidad Autónoma de Canarias y en el sur y este peninsular en los meses de septiembre y octubre de 2015.
Tercero. Solicitudes y plazo:
Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.
Podrán presentar solicitudes aquellos municipios y núcleos de población determinados en el Anexo I de la Resolución de 03 de julio de 2017 de la Secretaría de Estado para las Administraciones Territoriales por la que se convocan subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria de las entidades locales previstas en el artículo 4 del Real Decreto-ley 12/2015, de 30 de octubre.
Cuarto. Bases Reguladoras:
Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, publicada en el BOE de 12 de febrero de 2015.
Quinto. Cuantía:
El importe máximo de las subvenciones es de 19.610.891,12 euros.
Madrid, 3 de julio de 2017.- El Secretario de Estado para las Administraciones Territoriales, Roberto Ramírez de Castro Mur.
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