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Documento BOE-B-2017-43435

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 12 de julio de 2017, páginas 52519 a 52519 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-43435

TEXTO

Edicto

Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

1.º Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado nº 185/2017-F, y número de Identificación General del procedimiento (N.I.G.) 50297 47 1 2017 0000100, en el cual se ha dictado en fecha de 23 de Junio de 2017, Auto de declaración de concurso voluntario de la sociedad "Golden Decking, S.L.", con C.I.F. número B99088940 y domicilio social en Zaragoza, Avenida María Zambrano, número 31, Edificio WTCZ, Torre Oeste, planta 15-B, CP. 50018.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la sociedad concursada sobre su patrimonio, mediante autorización o conformidad de la Administración Concursal.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la Administración Concursal designada, integrada por la sociedad "Casanova & Aguilar Abogados y Economistas, S.L.P.", con CIF B99427015, representada por el economista Don Victor Aguilar Val, con DNI. 17.864.747-A; con dirección postal a efectos de notificaciones y comunicación de créditos: Calle San Miguel, nº 42, 1º, 50001-Zaragoza; Teléfono: 976299889 y correo electrónico: concursogoldend@gmail.com

Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la Administración Concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado.

4.º La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artº 184.3 Ley Concursal)

Zaragoza, 30 de junio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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