Don José Antonio Marquínez Beitia, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantill n.º 1 de Girona,
Hago saber:
Que en el concurso voluntario abreviado núm. 154/2015, se ha acordado mediante auto de fecha 12 de julio de 2017, la conclusión y el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario de la concursada persona física doña Judit Fernández Sola, provista de 40.317.666-T, con domicilio sito en calle Les Coves, número 5, de la población de Sant Julià de Ramis CP 17481 (Girona).
En cumplimiento del Real decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de conclusión de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C.
Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la L.C. en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente
Girona, 12 de julio de 2017.- El ldo. de la Admón. de Justicia.
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