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Documento BOE-B-2017-48011

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 10 de agosto de 2017, páginas 58989 a 58989 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-48011

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 23 y 177 de la Ley Concursal,

Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 774/2011 (NIG 2906742M20110001313) del deudor CONVENSUR MÁLAGA, S.L., con NIF B-29835949, por auto de fecha 20 de julio de 2017 se ha acordado la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, siendo la parte dispositiva de la referida resolución del siguiente tenor literal:

Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores por insuficiencia de masa activa, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento.

Acuerdo la extinción de la sociedad CONVENSUR MÁLAGA, S.L., con CIF B-29835949, debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución.

La conclusión del concurso produce los efectos regulados en el artículo 178 de la Ley Concursal.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la actual Administración Concursal designada.

Notifíquese a las partes la presente resolución en los términos regulados en el art 177 de la LC.

Málaga, 24 de julio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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