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Documento BOE-B-2017-50727

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 8 de septiembre de 2017, páginas 62853 a 62853 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-50727

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 590/2011- neg. 6, por auto de 1 de septiembre de 2017 se ha declarado la conclusión del concurso del deudor D. Juan Pablo Moreno García

2º- La parte dispositiva de la referenciada resolución dicte literalmente:

"Parte dispositiva

Acuerdo:

1.- Declarar la conclusión del concurso de D. JUAN PABLO MORENO GARCÍA, con D.N.I. 28733989 C.

2.- Archivar las actuaciones.

3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.

4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

5.- El cese de la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.

6.- El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.

7.- Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del juzgado.

8.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución.

9.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.

10.- Notificar la presente resolución a la administración concursal, a la concursada y a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma es firme.

Así lo acuerda, manda y firma, don Pedro Márquez Rubio, Magistrado del Juzgado Mercantil número 2 de Sevilla. Doy fe.

El Magistrado.-la Letrada de la Adm. de Justicia "

Sevilla, 5 de septiembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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