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Documento BOE-B-2017-51820

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 11 de septiembre de 2017, páginas 64062 a 64062 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-51820

TEXTO

D.ª Lucía Peces Gómez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración concurso 0000271/2017 y se ha dictado en fecha 1/9/2017 auto de declaración de concurso del deudor Social Pack, S.L., con CIF B06634208, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Parque Científico Tecnológico de Extremadura campus universitario Avda. de Elvas s/n Badajoz.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor, se ha designado, como administración concursal a Quoselext consulting sllp, CIF b06657191 con domicilio postal en plaza Padre López, n.º 2, 2.ª planta oficina g 06003 Badajoz y dirección electrónica concursosocialpack@quoselextconsulting.es señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, no se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. en el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de créditos tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 LC), sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral

5.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.

Badajoz, 1 de septiembre de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.

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