Contido non dispoñible en galego
Doña Esther Domínguez Gutiérrez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos de concurso voluntario abreviado seguidos en este órgano judicial con el n.º 292/2017 y NIG n.º 13034 41 1 2017 0002645 se ha dictado con fecha 1 de Septiembre de 2017 auto de declaración de Concurso Voluntario de la entidad mercantil El Bodegón de Daimiel, S.L., titular del CIF: B-13257100, con domicilio social en c/ Luchana, n.º 20 de Daimiel e inscrita en el Registro Mercantil de Ciudad Real al Tomo 194, Folio 52, Hoja CR- 7.159.
2.º Que, al propio tiempo y en la misma resolución, se ha declarado la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, quedando la deudora responsable de sus créditos, pudiendo los acreedores iniciar sus ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.
3.º Se ha acordado la disolución de la citada mercantil sin que proceda la declaración judicial de extinción de la mercantil antes reseñada ni el cierre de su hoja registral.
Ciudad Real, 1 de septiembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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