El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla, en uso de las facultades conferidas por el artículo 30.5.n) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, ha otorgado con fecha 26 de julio de 2017, una concesión administrativa para la ocupación de una parcela de unos 11.300 metros cuadrados de superficie e instalaciones sobre ella ubicadas, situadas en la Carretera de la Esclusa, área AP-12 de las definidas en el Plan Especial de Ordenación del Puerto de Sevilla, margen derecha del Canal de Alfonso XIII, en la zona de servicio del Puerto de Sevilla y pertenecientes al dominio público portuario estatal, con destino al desarrollo de actividades de almacenamiento, logísticas y complementarias.
Autorizado: Rocket Logística, Sociedad Limitada.
Plazo: Hasta el 31 de diciembre de 2042.
Tasas a abonar:
Tasa por la ocupación privativa del dominio público portuario, en cuanto se refiere a la ocupación de terrenos, por importe de 1,833727 euros/metro cuadrado/año, IVA no incluido.
Tasa por la ocupación privativa del dominio público portuario, en cuanto se refiere a la ocupación de infraestructuras, superestructuras e instalaciones pertenecientes al dominio público portuario estatal, por importe de 49.823,17 euros/año, IVA no incluido.
Tasa por el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios en el dominio público portuario del 0,5 % del volumen de negocio anual desarrollado en el Puerto de Sevilla al amparo de la presente concesión, IVA no incluido. La cuantía mínima anual a abonar por este concepto queda fijada en el importe de 4.200 euros/año, IVA no incluido.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Sevilla, 31 de agosto de 2017.- El Presidente, Manuel Gracia Navarro.
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