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Documento BOE-B-2017-53939

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 21 de septiembre de 2017, páginas 66682 a 66682 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-53939

TEXTO

Edicto

Juzgado de lo Mercantil n.° 1 de Bilbao.

Juicio: lncid.concursal 707/2011.

Demandante: Foracenor Obra Civil y Edificacion S.Coop.

Abogado/a: Javier Cuevas Solagaistua.

Procurador/a: Xabier Nuñez Irueta.

Demandado/a: Antonio Monteiro Coelho, Felisberto Mendes Coelho, Renato Xabier Coelho Meireles, Modesto Serafim da Silva Coelho, Antonio Manuel Neves da Costa, Manuel Alexandre da Silva Ramos, Paulo Jorge Marinho Queiroz, Juberto Filipe Medon Pinto, Domingos Dias Limoes, Armando Joaquim Moreira de Carvalho, Antonio Adao Ferreira da Costa Maia, Fernando de Sousa Ferreira, Manuel do Santos Vareiro, Jose Antonio Moreira Texeiro.

Sobre: aportaciones sociales adeudadas.

En el referido juicio se ha dictado 24/5/2016 sentencia, en la que el fallo es la siguiente:

Fallo

Debo estimar y estimo íntegramente la demanda incidental referida en el encabezamiento de esta resolución. En su consecuencia, son condenados los 14 socios demandados al abono de las aportaciones sociales adeudadas, en la cuantía determinada en el suplico de la demanda incidental.

Las costas procesales son impuestas a los demandados. Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe recurso de apelación.

Así lo mando y firmo.

En atención al desconocimiento actual del domicilio de 13 de los demandados, Antonio Monteiro Coelho, Felisberto Mendes Coelho, Renato Xabier Coelho Meireles, Modesto Serafim da Silva Coelho, Antonio Manuel Neves da Costa, Manuel Alexandre da Silva Ramos, Paulo Jorge Marinho Queiroz, Juberto Filipe Medon Pinto, Domingos Dias Limoes, Armando Joaquim Moreira de Carvalho, Antonio Adao Ferreira da Costa Maia, Manuel do Santos Vareiro, Jose Antonio Moreira Texeiro, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de Apelación en el plazo de veinte días hábiles.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la oficina Judicial de este tribunal.

Bilbao (Bizkaia), 11 de septiembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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