Edicto
Doña Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente
Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Ordinario-000066/2010-k, sobre declaración de concurso de la mercantil Autisa Servicios, S.L., con C.I.F. número B-03851490, se ha dictado auto de fecha 07-07-17, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:
1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.
2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4.- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal
5.- Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.
6.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.
Modo de impugnación: no cabe recurso alguno.
Se expide el presente en
Alicante, 7 de julio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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