Edicto
El Juzgado de Primera Instancia N.4 y Mercantil de Salamanca,
Anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 566/15 referente a la deudora NAZARET DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ, con D.N.I. nº 70.884.655-N, mediante Auto firme de fecha 20-9-17 se ha acordado:
1.-La conclusión del concurso de acreedores de la deudora por insuficiencia de masa activa.
2.-El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la deudora subsistente.
3.-Conceder a la deudora Nazaret Domínguez González, con carácter provisional, el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho de conformidad con lo dispuesto en el art. 178 bis L.C.
4.-Que la deudora queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar o reactivar las correspondientes ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equiparará a una sentencia de condena firme.
5.-Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración Concursal y el cese de la Administración Concursal.
Salamanca, 20 de septiembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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