Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid, en Cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento concurso abreviado 444/2011 por auto de fecha 06/10/2017 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3.
2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede, conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción.
Madrid, 9 de octubre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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