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Documento BOE-B-2017-5929

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 2017, páginas 7125 a 7125 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-5929

TEXTO

EDICTO

Letrado de la Adm. de Justicia D/ña José Vela Perez, del Juzgado Mercantil n° 6 de Barcelona

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 996/2016 se ha declarado, mediante auto de fecha 10/01/2017, el concurso voluntario de MANTEQUERÍAS RAVELL, S.L., con n° de CIF B-62182241, con domicilio en Barcelona, calle Aragón n° 313, bajos, en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado FERNANDO PEREZ-RUIBAL RODRIGUEZ ( 2004 ESTUDIO CONCURSAL S.L.P.) por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal sito en C. Mallorca, 237 bis, 3.º, 08008 Barcelona, número de teléfono 902106366, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal comunicaciones@2004ec.es en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, asi como los relativos al crédito, concepto y cuantia, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus crédito o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 10 de enero de 2017.- El Letrado de la Adm. de Justicia.

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