El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal (LC), anuncia:
1°.- Que en el Concurso ordinario número 0000327/2017, por auto de fecha 12 septiembre 2017, NIG 3120147120170000284 se ha declarado en concurso de materia voluntaria al deudor GERMAN GRACIA, SA, con CIF número A31097215 y domicilio en Polígono ARAZURI-ORKOYEN calle B, 5 de Arazuri y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Arazuri (Navarra).
2°.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.
Que el día de hoy ha aceptado el cargo la administración concursal siguiente: Persona jurídica: MOORE STEPHENS LP., SL con CIF N° B50551043, y en representación de la misma aceptó: Don MANUEL JULVE YUS, con D.N.l: 17211740N, quien designó a todos los efectos del concurso al socio de la empresa MOORE STEPHENS LP, SL, a:
Don Jon Redin Leceaga, con DNI: 72804516V, vecino de Pamplona, C. Postal 31004. Domicilio: Plaza de la libertad 1, entreplanta. Profesión: Economista-auditor. Teléfono: 948291463. Fax: 948290831. Correo electrónico: concursogermangarcia@gmail.com
Manifiesta que en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 30.1 párrafo segundo de la L.C, actuando en este acto en nombre y representación de la mercantil designada, comunica que es la persona natural que representara a dicha sociedad en estas actuaciones y que reúne |as condiciones del apartado 2.° del art. 27-1 de la ley concursal.
3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus Créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4°.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
5°.- Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación.
Pamplona/Iruña, 18 de septiembre de 2017.- El letrado de la administración de justicia.
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