Edicto
D.ª María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia y el Juzgado de lo Mercantil de Madrid, anuncia:
Que en el procedimiento concursal Concurso ordinario 766/2011 referente al concursado JUALVI, S.A., por auto de fecha 25/10/2017 se ha acordado lo siguiente:
Se acuerda la conclusión del presente procedimiento concursal por el pago o la consignación del crédito o la íntegra satisfacción a los acreedores.
Se acuerda el cese las limitaciones de las facultades de administración y disposición de los deudores subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Se aprueban las cuentas presentadas por la administración concursal.
Madrid, 25 de octubre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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