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Documento BOE-B-2017-63568

Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía por la que se concede a Redexis Gas S.A, autorización administrativa, aprobación de proyecto y declaración en concreto de utilidad pública de ejecución del proyecto de autorización de ejecución de instalaciones para planta satélite de GNL en el término municipal de Chiclana de la Frontera (Cádiz).

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 30 de octubre de 2017, páginas 78781 a 78784 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2017-63568

TEXTO

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero: La entidad mercantil REDEXIS GAS S.A., con CIF n.º A41791625 con domicilio en Avda. Ingeniero Felix Sancho, 3, 11500, El Puerto de Santa María (Cádiz), solicitó con fecha 2 de junio de 2017 la Autorización Administrativa, Aprobación de Proyecto y Declaración de Utilidad Pública, en concreto, para la instalación que se cita, de acuerdo con el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de gas natural, desarrollo de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos. A tal efecto, se adjuntó el PROYECTO DE AUTORIZACIÓN DE EJECUCIÓN DE INSTALACIONES PARA PLANTA SATÉLITE DE GNL, en el término municipal de Chiclana de la Frontera y relación de propietarios de terrenos afectados.

Segundo: De conformidad con el artículo 78 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de gas natural, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio, respectivamente en el BOP de Cádiz número 145 de 01/08/2017, BOJA número 144 de 28 de julio de 2017, BOE número 174 de 22 de julio de 2017 y en el diario "La Voz de Cádiz" de fecha 13/07/2017. Del mismo modo, se publicó en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera durante un periodo de 20 días; habiéndose producido alegaciones por parte de la sociedad CIUDAD DE BARBATE S.L. y Dª Isabel Estudillo Hernández, las cuales fueron desestimadas por los técnicos de esta Delegación.

Tercero: De acuerdo con el artículo 80 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, se remitieron separatas del proyecto a los organismos afectados. Concretamente el Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera emitió informe favorable, la sociedad Endesa emitió un condicionado que fue aceptado por la empresa peticionaria y la sociedad Telefónica Móviles no contestó, por lo que una vez reiterada la solicitud de conformidad sin recibir contestación, se dio por aceptada la propuesta del solicitante.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación Territorial es competente para resolver sobre la AUTORIZACIÓN, APROBACIÓN DEL PROYECTO Y DECLARACIÓN EN CONCRETO DE UTILIDAD PÚBLICA, según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía L.O. 2/2007, de 19 de marzo, en el Decreto de la Presidenta 12/2017, de 8 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio y en la Resolución de 28 de enero de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalaciones de gas, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas, RESUELVE:

Otorgar a REDEXIS GAS S.A., AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA, APROBACIÓN DE PROYECTO Y DECLARAR EN CONCRETO LA UTILIDAD PÚBLICA a los efectos señalados en el artículo 103 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos y del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de adquisición de los derechos afectados por la instalación e implicará la urgente ocupación de los mismos, para el establecimiento de la instalación cuyas principales características son las siguientes:

Peticionario: REDEXIS GAS DISTRIBUCION S.A.

Domicilio: Avda Ingeniero Félix Sancho, 3, 11500, El Puerto de Santa María, Cádiz

Emplazamiento de la instalación: P.I Pelagatos, Calle de Las Libertades.

Términos municipales afectados: Chiclana de la Frontera

Finalidad de la instalación: Distribución de Gas Natural.

Características de la instalación:

- Planta de gas natural licuado (GNL) formada por:

· 1 Recipiente criogénico de 59,9 m³ de capacidad (ampliable con otro de 19,9 m³).

· 1 Serpentín P.P.R. de recipiente criogénico.

· 1 Puerto de descarga de cisternas.

· 1 Equipo de gasificación atmosférica 2x1.000 Nm3/h, ampliable.

· 1 Recalentador de GNL mediante sistema de calderas y circuito hidráulico.

· 1 Sistema de válvula de seguridad por gas frío (VSF).

· 1 Sistema de odorización por arrastre THT.

· 1 Estación de regulación y medida (ERM) con salida en 5 bar.

· Instalaciones auxiliares y complementarias.

- Instalación eléctrica.

- Instalación de telemedida y complementarias:

- Sistema de anti-intrusismo.

- Sistema de protección contra incendios.

- Canalizaciones que conectan la planta de GNL con la red de distribución existente y proyectada.

Origen: Tubería proyectada en Avenida Bahía de Cádiz (GAS 22/14).

Destino: Planta de GNL en la Calle de las Libertades.

Longitud: 1.725 metros.

Tuberías: PE 100 SDR 17,6 en diámetros 160,110 y 90.

Presión máxima de servicio: 5 bar.

Referencia: GAS-03/17.

Esta autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre del Sector de Hidrocarburos, y el Real Decreto 1434/2002 de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, debiendo cumplir las condiciones siguientes:

1. En todo momento deberá darse cumplimiento a la normativa de aplicación, que ha sido citada anteriormente, y especialmente a las disposiciones sobre condiciones técnicas y de seguridad.

2. Las instalaciones que se autorizan por la presente Resolución deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado en esta Delegación Territorial. Toda modificación que afecta a las características técnicas básicas y de seguridad tanto de la instalación principal como de sus instalaciones auxiliares en servicio, requerirá autorización de esta Delegación Territorial.

3. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, Organismos, empresas de servicio público o interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptadas por el mismo.

4. El titular constituirá una fianza por importe de SIETE MIL DOSCIENTOS DOS EUROS Y DIECINUEVE CÉNTIMOS (7.202,19 euros) equivalente al dos por ciento del presupuesto que figura en el expediente, a fin de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones conforme al artículo 82 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre. Esta fianza deberá constituirse en el plazo de un mes contado al día siguiente a la notificación de la presente Resolución. Deberá remitirse a esta Delegación Territorial la documentación acreditativa de la constitución de la citada garantía en un plazo de 30 días desde su materialización.

5. Las obras necesarias para la ejecución del proyecto objeto de esta Autorización se realizarán en un plazo de UN AÑO a partir de la fecha de esta Resolución, y se deberá iniciar el suministro de gas en el plazo de SEIS MESES, contados a partir de la fecha en la que esta Delegación Territorial levante el Acta de Puesta en Servicio de Instalaciones. Transcurrido dicho plazo sin que haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación Territorial en lo que se refiere al mencionada plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

6. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta puesta en marcha, para la que deberá presentar la correspondiente solicitud acompañada de un certificado de dirección técnica suscrito por técnico competente, junto con la documentación de las pruebas y ensayos realizados. Esta Delegación Territorial realizará las comprobaciones oportunas previas a la puesta en servicio de la explotación.

7. Esta Autorización se otorga independientemente y sin perjuicio de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia estatal, autonómica, provincial, municipal u otras, necesarias de acuerdo con la normativa sectorial aplicable en cada caso.

8. Esta Delegación Territorial se reserva el derecho a dejar sin efecto esta autorización por incumplimiento de las condiciones impuestas, por la declaración inexacta de los datos suministrados u otra causa excepcional que lo justifique.

Las servidumbres y autorizaciones de paso comprenderán, la ocupación del subsuelo por instalaciones y canalizaciones a la profundidad y con las demás características que señalen los Reglamentos y Ordenanzas municipales.

Las servidumbres y autorizaciones comprenderán igualmente el derecho de paso y acceso, y la ocupación temporal del terreno u otros bienes necesarios para atender a la vigilancia, conservación y reparación de las instalaciones y conducciones.

La afección a fincas particulares derivada de la construcción de la planta y sus instalaciones, se concreta de la siguiente forma:

A) Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras de la franja que se refleja, para cada finca, en los planos parcelarios del proyecto. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos y operaciones precisas a dichos fines.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Ilmo. Sr. Consejero de Empleo, Empresa y Comercio, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de las Administraciones de la Junta de Andalucía.

Cádiz, 6 de octubre de 2017.- La Delegada Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, María Gema Pérez Lozano.

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