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Documento BOE-B-2017-65637

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 11 de noviembre de 2017, páginas 81376 a 81377 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-65637

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid, en cumplimiento del artículo 23 de LC, hace saber:

1. Que en el concurso Concurso Abreviado 107/2017, por auto de fecha 26/10/2017, se ha declarado en concurso voluntario abreviado, a CONSTRUCCIONES METÁLICAS CASADO, S.L., con n.º de identificación B-28914711, y con domicilio en Alcorcón (Madrid), carretera San Martín de Valdeiglesias, Km 1, camino de pozuelo, parcela 13.

2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3. Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal.

4. La identidad de la Administración concursal es Miota&Asociados, S.L., con domicilio postal en Alicante, calle Portugal, n.º 38, 1.º B, número de teléfono 965-923-238 y fax 965-923-238, y dirección electrónica concursocasado@alonso-abogados.com.- Se acuerda la apertura de la Sección de Liquidación.

Se acuerda la disolución social de Hipomenes y Atalanta, S.L., cuya liquidación en los aspectos patrimoniales se realizará en el seno del concurso.

Se acuerda el cese del liquidador de la entidad concursada, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

Se declara el vencimiento anticipado de todos los créditos y su conversión en dinero, sin perjuicio de los descuentos que pudiera haber lugar.

Deberá la Administración Concursal presentar propuesta del plan de liquidación en los términos del art. 148 LC, junto con el informe del art. 75 LC, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

7. Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el artículo 191 ter de la LC.

Se acuerda la disolución social de Construcciones Metálicas Casado, S.L., cuya liquidación en los aspectos patrimoniales se realizará en el seno del concurso.

Se acuerda el cese del liquidador de la entidad concursada, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

Se declara el vencimiento anticipado de todos los créditos y su conversión en dinero, sin perjuicio de los descuentos que pudiera haber lugar.

Deberá la Administración Concursal presentar propuesta del plan de liquidación en los términos del art. 148 LC, junto con el informe del art. 75 LC.

Madrid, 6 de noviembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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