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Documento BOE-B-2017-65642

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 11 de noviembre de 2017, páginas 81382 a 81382 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-65642

TEXTO

Edicto

D. Mariano Rodríguez Trotonda, Letrado de la Administración de justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, anuncia:

Que en el concurso voluntario Abreviado con n.º 226/2013 se ha dictado auto en fecha 7 de marzo del 2017 por el Magistrado-Juez D. Jorge Montull Urquijo,

I.- Debo acordar y acuerdo la conclusión del concurso voluntario de D. KOWALSKI WOJCIECH, consignado bajo el n.º 226 del año 2013, por inexistencia de bienes y derechos en la masa activa con los que satisfacer los créditos contra la masa del concurso, cesando el régimen de intervención de facultades sobre la concursada, y pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes o derechos.

II.- Debo declarar y declaro aprobada la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal del presente concurso.

III.- El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se abra nuevo concurso.

Madrid, 7 de noviembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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