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Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza,
Hago saber:
Primero. Que en el concurso abreviado y consecutivo número 484/15-C frente al deudor Mariano Lavilla Marín, NIF 17666838D, se ha dictado el 02 de noviembre de 2017 Auto de conclusión por fin de la liquidación y exoneración del pasivo insatisfecho.
Segundo. En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones y el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes.
Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
Tercero. Contra el Auto de conclusión no cabe recurso. No obstante la posibilidad de revocación de la exoneración definitiva prevista en la LC.
Zaragoza, 2 de noviembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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