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D.ª Francisca Tomás Llavador, Letrada de la Administración de Justicia. del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Valencia, en sustitución, por el presente,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal n.º 21/2017 Abreviado, en el que se ha dictado auto declarando el estado de concurso consecutivo voluntario de Jose Vicente Serrano Bayona y Cristina Elena Cortes Paredes, con NIF n.º 25383382F y 24345336C, respectivamente y domicilio en Valencia, calle Historiador Diago, n.º 3.3.7.ª, 46007, y se ordena darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto.-Concurso consecutivo voluntario 323/2017.
NIG del procedimiento 46250-42-1-2017-0002141.
Entidad concursada.- Las Personas físicas Jose Vicente Serrano Bayona y Cristina Elena Cortes Paredes.
Tipo de concurso.- Voluntario.
Fecha de auto declaración.- 11 de julio de 2017.
Administrador Concursal.- D.ª J.A. Fuster Y Asociados S.L.P., con CIF N.º B46472437, con domicilio profesional en la calle Isabel La Católica, n.º 19-6-6, 46004, con correo electrónico juanantonio.fuster@coev.com
Facultades de los concursados- Suspendidas.
Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la LC.- Los acreedores de los concursados deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podría efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Valencia, 11 de julio de 2017.- El/La Letrado. A. Justicia.
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