Edicto
Doña Angela Quesada Martos, Letrada de la administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia,
Hago saber:En el procedimiento de concurso seguido ante este Juzgado con el número 144/14 de Doña María Angeles Nicolás López con Nif 74335166-v se ha dictado la resolución de fecha 07/11/17 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva
Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de María Angeles Nicolás López.
Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 de la Ley Concursal.
Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes
Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.
Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 LC.
Lo acuerda y firma Francisco Cano Marco, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, doy fe.
Murcia, 7 de noviembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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