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Documento BOE-B-2017-67037

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 17 de noviembre de 2017, páginas 83159 a 83160 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-67037

TEXTO

Edicto

D.ª Angela Quesada Martos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n. 2 de Murcia, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en la Sección Primera Declaración de Concurso, seguido en este Juzgado con el número 288/2017 ha sido declarado en concurso abreviado, voluntario consecutivo al deudor Juan López Carrasco, con D.N.I. número 74.429.650-V, con domicilio en Avenida Juan Carlos I, número 59-1.º C, C.P. 30400 de Caravaca de la Cruz, en virtud de auto dictado con fecha 8 de noviembre de 2017; asimismo se ha acordado abrir la fase de liquidación.

2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan suspendidas, siendo sustituidas por la administración concursal designada.

3.º Ha sido designado Administrador Concursal José Pablo Aránega Sánchez, Economista-Auditor, con domicilio profesional en calla Alonso Ojeda, 4 edificio Lago, entresuelo, C.P. 30007 Murcia, teléfono 968240404, fax 968244860 y dirección de correo electrónico pablo.aranega@bnfix.com.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a elección de los acreedores, al domicilio postal y dirección electrónica del Administrador Concursal que constan en el párrafo tercero de este edicto, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio, correo electrónico y demás datos de identidad del acreedor, para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias y convenientes, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de Registro en la Ciudad de la Justicia.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer y personarse en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).

7.º Consta presentado con la solicitud de concurso consecutivo plan de liquidación encontrándose en la Oficina Judicial a disposición del deudor y acreedores, para que puedan realizar observaciones/alegaciones en el plazo de quince días.

En Murcia, 13 de noviembre de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.

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