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Documento BOE-B-2017-67532

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 18 de noviembre de 2017, páginas 83696 a 83697 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-67532

TEXTO

Edicto

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña

El Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de La Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 23.1 de la Ley Concursal (L.C.)

Anuncia

Que el concurso arriba referenciado, Concurso Abreviado 443/2016-L, declarado de forma conjunta de la entidad Energía Gallega Alternativa, S.L., con CIF B-70.056.874, dirección en Plaza de Galicia, 2-3, 4.º B, A Coruña y de la entidad Adara Renovables, S.L., con CIF B-70.065.479 y domicilio en Plaza de Galicia, 2-3, 4.º B, de A Coruña, se ha dictado en fecha 19 de octubre de 2017 Auto de Apertura de la Fase de Liquidación, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

"Parte Dispositiva

Acuerdo:

1.-Abrir la fase de liquidación del presente concurso.

2.-Quedar en suspenso, durante la fase de liquidación, las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.

3.-Se declara disuelta la concursada Energía Gallega Alternativa, S.L.; Adara Renovables, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

4.-Declarar vencidos los créditos concúrsales aplazados y en su caso, la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

5.-Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal y se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado.

6.-Inscribir, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

7.-Presentar la Administración concursal, en el plazo de Diez Días computados desde la notificación de esta resolución, un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

8.-Formar la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso.

Dentro de los Diez Días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el BOE y en el Registro Público Concursal, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

9.-Notificar el auto a las partes personadas.

Modo de Impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este tribunal sin efectos suspensivos.

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de Justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Banco Español de Crédito, en la cuente de este expediente indicando, en el campo "concepto", la indicación "Recurso" seguida del código "00 Civil-Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación "recurso" seguida del código "00 Civil-Reposición".

En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

Así lo acuerda y firma SS.ª Doy fe.

El/La Magistrado-Juez. El/La Letrado de la Administración de Justicia"

Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente Edicto.

La Coruña, 6 de noviembre de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.

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