Está Vd. en

Documento BOE-B-2017-67565

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 18 de noviembre de 2017, páginas 83730 a 83730 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-67565

TEXTO

Edicto.

Cédula de notificación

Don EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 2 de Las Palmas,

Hago saber: En el procedimiento de referencia concurso abreviado 59/11 se ha dictado auto de fecha 06/11/2017, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de la mercantil WORLD BIKE LANZAROTE, S.L.U., con CIF B35549682 por inexistencia de bienes (176.bis LC), declarando los siguientes efectos derivados de la conclusión:

- Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes, acordando la extinción de la persona jurídica WORLD BIKE LANZAROTE S.L.U. y disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se ordena por la presente librar mandamiento por duplicado conteniendo testimonio de la resolución firme, que sera entregado al procurador instante para su diligenciado y gestion.

La concursada se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas, Tomo 117 de Sociedades, folio 47 A 49 sección 8, hoja IL 3027, inscripción 1.ª y 4.ª. Al no existir todavía sistema telemático, se llevará a cabo por medio del procurador actor.

Se procede a librar los edictos necesarios para la publicación de la presente resolución en el tablón de anuncios de este juzgado, Boletín Oficial del Estado y Registro Público Concursal.

Requiérase a la AC para que en el plazo de 15 días aporte la rendición de cuentas, la misma deberá contener el siguiente contenido mínimo CON CARÁCTER OBLIGATORIO:

- En caso de que no se hayan pagado todos los créditos contra la masa, relación de créditos contra la masa pagados y pendientes de pago, concepto, importe de cada uno, fecha de vencimiento y, en su caso, fecha de pago.

- Detalle de los movimientos de tesorería, con especificación de todos los cobros y pagos efectuados y concepto de cada uno, tanto por medio de operaciones en entidades financieras como, en su caso, en efectivo.

- Libro diario con todas las operaciones relativas a la actividad de la empresa desde la aceptación del cargo o, en caso de que no fuere posible por causa no imputable al administrador concursal, desde la apertura de la fase de liquidación.

Se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Las Palmas de Gran Canaria, 15 de noviembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid