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Documento BOE-B-2017-7059

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 6 de febrero de 2017, páginas 8395 a 8395 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-7059

TEXTO

Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 523/2016 y NIG n.º 30030 47 1 2016 0001158, se ha dictado en fecha 09-01-2017 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Datamur Formación con CIF 73756793, cuyo domicilio social lo tiene en Avda. Miguel de Cervantes n.º 45, 4.º B, 30009 Murcia.

2.º Se ha acordado respecto de las facultades de administración y disposición que quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal.

Ha sido nombrado administrador Concursal APLEM CONSULTING, S.L.P., con CIF B-03331618, con domicilio profesional en Ctra. de Madrid, km 384, Edificio Porche El Puntal, 03100 Espinardo, Murcia, Teléfono 965141034 y Fax 965219660, y como dirección electrónica concursodatamurformacion@aplem.com.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia.

5.º La concursada ha solicitado la liquidación, habiéndose acordado de conformidad con lo establecido en el art. 142 de la Ley Concursal.

6.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.oficinajudicialmurcia.es/.

Murcia, 17 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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